El timbre del contrato es la liquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) que grava el alquiler de vivienda.
Siempre corresponde pagarlo al arrendatario, ya que es quien recibe el bien en arriendo (al igual que paga el ITP el comprador de vivienda).
Se calcula en función de la renta y la duración del arriendo, por lo que puedes revisar conforme a las tablas de tu comunidad si se ajusta o no se ajusta a los importes establecidos legalmente.
Un saludo,
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