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Curiosamente el otro día introduzco mi nombre en Google y sorprendentemente aparece en una página de legislación un edicto en el que hay una sentencia de demanda de fecha diciembre del 2012 condenándome a pagar una cantidad. Jamás recibí notificación de citación a este surrealista juicio. Por lo visto el casero me demandó ante mi negativa de pagar los desperfectos que me reclamaba del piso donde vivía meses después de haber entregado las llaves y que en el día de entrega no reclamó nada ni hubo escrito de nada. Debo estar tranquilo? Debo denunciar por daños y perjuicios? Yo no recibí citación alguna, y eso que estoy correctamente empadronado y recibo las cartas de la luz, agua...etc,etc. Me pregunto qué chanchullo pudo hacer el casero habida cuenta que sabía que no podía ganar el supuesto juicio por reclamación de desperfectos porque me los reclamaba meses después de entregar las llaves. Así, se me condena por rebeldía. Claro, si no me entero! Por favor aconsejadme. Gracias.
Esa pagina no seria del boletin oficial? que no creas haber sido notificado no significa que no lo hayas sido, por edicto del juzgado de primera instancia.
pedro Martínez
Abogado
5001@Icagr. Es
Si tiene una sentencia condenatoria en rebeldía lo siguiente será la ejecución de esa sentencia lo tiene francamente difícil, salvo que consiga la nulidad de esa sentencia.
Hola, antes de marcharse de un piso hay que firmar un fin de contrato en la cual debe incluir los desperfectos de la vivienda si lo habria y los gastos finales de los suministros de la vivienda
si no hay nada firmado y el dueño ya a ocupado ya el piso tiene dificil en reclamarte algo de la vivienda
de todas formas yo iria a un abogado con todos los papeles que tengas y el contrato del piso y que te aconseje