Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
Tenemos contrato firmado hasta septiembre pero ahora nos dice que tiene un comprador, que si lo queremos nosotros. Pero los bancos no dan un real. Nos tiene que indemnizar si nos tenemos que ir antes de septiembre?
Hola Ramia:
Coincido con la respuesta anterior y le sugiero la lectura de los artículos 25 y 14, por este orden, de la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994 y el siguiente link:
http://letradosalquileres.es.tl/Duracion-del-contrato-de-arrendamiento-de-vivienda.htm
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
Si tiene un comprador teneis derecho a compra preferente.
Si no ejerceis el derecho a compra, el comprador deberá atenerse a lo pactado y asumirá el contrato tal y como está, así que teneis derecho a finalizar el contrato en la vivienda, si es vuestra vivienda habitual hasta que se cumplan 5 años.
Si quiere que os marcheis antes, sí, podeis llegar al acuerdo que creais satisfactorio.
Un saludo