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Por un lado una amiga mía me dijo que tienen que depositar la fianza en el Ivima, pero la casera me ha dicho que eso no les interesa hacerlo. Y por otra parte, llamé esta mañana a Hacienda y me dijeron que no hace falta depositar la fianza en el Ivima, que para desgravarme basta con indicar la ref. castastral del piso alquilado, NIF del propietario, contrato y pagos efectuados. Al oír eso me quedé más tranquila y llamé a la propietaria para comentárlo y que por mí todo OK. Pero ahora me entra la duda de que igual sí que debo hacer algo más.
La actual inquilina sí que ha deducido el gasto por el alquiler, no ha tenido problemas al hacer su declaración de la renta. Me gustaría confirmar que con lo que me han dicho en Hacienda sirve.
Muchas gracias.
Gracias Amparo. En la web del Portal de Vivienda la verdad es que deja bastante claro que son dos tipos de ayuda/desgravación. De todos modos, ya tengo la confirmación de mi casera y sí que van a depositar la fianza en el Ivima, lo que me tranquiliza mucho de cara al año que viene ;).
Por lo que me ha contado una amiga que vive de alquiler, la desgravación autonómica se realiza con el número que le dan al depositario de la fianza en el Ivima, se introduce en la casilla correspondiente y ya cruzan los datos.
¡Gracias de nuevo!
Saludos,
Cristina
No obstante su casera es muy listilla. Jajaja
a nadie nos "interesa" depositar la fianza
no es algo que se haga por interés propio. Jajaja
Una cosa es la desgravación estatal. Y otra la autonómica.
para la autonómica probablemente si exijan - no sé cómo porque no hay que presentar papeles hoy día - que la fianza esté depositada.
saludos - Papeleos Alquiler.