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Lauif

inquilino/a

¿Puedo presentar algún tipo de reclamación en la inmobiliaria o solicitar algún tipo de compensación?

Buenos días,


A finales de septiembre realicé la reserva de un piso previo pago de una cantidad fijada por la inmobiliaria. La fecha de entrada era el 1 de octubre pero llevan ya 15 días de retraso y me temo que se alargará más. Sin embargo, yo ya he avisado al propietario de mi piso actual de mi marcha, por lo que tengo que abandonarlo en unos días sin disponer del nuevo piso.

Muchas gracias.

  • Preguntado por: Lauif
  • Hace 14 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (7)
Domus ha sido el primero en contestar
Domus ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Lauif

    inquilino/a

    Gracias a todos por la ayuda. Un saludo.

    • Respondido por: Lauif
    • Hace 14 años
  • Paolo_x

    inquilino/a

    Lauf, 

    si meramente quieres que te devuelvan el doble de la cantidad depositada creo que puedes evitar el abogado; sin embargo si quieres que te compensen por daños y perjuicios problemente una bogado ayudaria.

    Al final es, evidentemente, una decisión personal.

    Saludos, 

    • Respondido por: Paolo_x
    • Hace 14 años
  • Lauif

    inquilino/a

    Hoy me han confirmado que se retrasarán todavía más, de hecho no me garantizan una fecha de entrega, así que he decidido anular la reserva,

    ¿Cuál es el procedimiento para que me reembolsen la cantidad abonada por duplicado por los perjuicios?Teniendo en cuenta que en el documento que me entregaron al realizar la reserva no consta ninguna fecha de entrega de la vivienda. 

    ¿Es imprescindible contratar los servicios de un abogado?

    • Respondido por: Lauif
    • Hace 14 años
  • jose eladio

    profesional

    La respuesta de Domus es la correcta, te tiene que devolver el doble de la cantidad por los perjucios.

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    En el Código Civil

    En http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/  estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 14 años
  • Lauif

    inquilino/a

    Muchas gracias por la respuesta.

    ¿Me podrías decir en qué normativa se reflejan estas condiciones?

    Un saludo.

    • Respondido por: Lauif
    • Hace 14 años
  • Domus

    Domus

    casero/a

    El incumplimiento de un contrato/compromiso, como en este caso es el de puesta a disposición de una vivienda en alquiler, faculta a la parte que padece el incumplimiento a rescindir el compromiso o a exigir su cumplimiento, en cualquier caso con indemnización de daños y perjuicios. En tu caso, los perjuicios serían el tener que procurarte una residencia alternativa hasta que te entreguen la vivienda. Si opotas por rescindir el compromiso, la inmobiliaria debe entregarte el doble de la cantidad que tú entregaste, puesto que han incumplido el pacto.

    • Respondido por: Domus
    • Hace 14 años
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