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Buenos días,
A finales de septiembre realicé la reserva de un piso previo pago de una cantidad fijada por la inmobiliaria. La fecha de entrada era el 1 de octubre pero llevan ya 15 días de retraso y me temo que se alargará más. Sin embargo, yo ya he avisado al propietario de mi piso actual de mi marcha, por lo que tengo que abandonarlo en unos días sin disponer del nuevo piso.
Muchas gracias.
Lauf,
si meramente quieres que te devuelvan el doble de la cantidad depositada creo que puedes evitar el abogado; sin embargo si quieres que te compensen por daños y perjuicios problemente una bogado ayudaria.
Al final es, evidentemente, una decisión personal.
Saludos,
Hoy me han confirmado que se retrasarán todavía más, de hecho no me garantizan una fecha de entrega, así que he decidido anular la reserva,
¿Cuál es el procedimiento para que me reembolsen la cantidad abonada por duplicado por los perjuicios?Teniendo en cuenta que en el documento que me entregaron al realizar la reserva no consta ninguna fecha de entrega de la vivienda.
¿Es imprescindible contratar los servicios de un abogado?
La respuesta de Domus es la correcta, te tiene que devolver el doble de la cantidad por los perjucios.
En el Código Civil
En http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/ estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente
Muchas gracias por la respuesta.
¿Me podrías decir en qué normativa se reflejan estas condiciones?
Un saludo.
El incumplimiento de un contrato/compromiso, como en este caso es el de puesta a disposición de una vivienda en alquiler, faculta a la parte que padece el incumplimiento a rescindir el compromiso o a exigir su cumplimiento, en cualquier caso con indemnización de daños y perjuicios. En tu caso, los perjuicios serían el tener que procurarte una residencia alternativa hasta que te entreguen la vivienda. Si opotas por rescindir el compromiso, la inmobiliaria debe entregarte el doble de la cantidad que tú entregaste, puesto que han incumplido el pacto.