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Resulta que estoy intentando dar de alta la luz del piso, que al parecer había que darla y corre de mi cuenta.
Hasta ahí todo correcto, pues bien, resulta que hay un pufo de un dinero que se ha consumido y no se ha pagado, y la de la electricidad me ha dicho que si no presento un contrato de alquiler publico, que venga sellado por un notario o la cámara de comercio, me pasarán a mi la cantidad que se ha acumulada anterior a mi entrada al piso.
¿puedo pedirle a mi casero, y que el haya de aceptar, hacer el contrato en presencia del dicho notario?
Cuanto podría costarme la broma? Podría negarse?
Cómo tendría que hacer para evitar un pago que yo no he hecho?
Estoy un poco asustada.
Ruego me ayudeis, por favor
Para "sellar" esa documento es preciso que el arrendador deposite allí la finaza que el inquilino le ha entregado.
Mas que notario lo que necesita es documentar, poner por escrito, sus reclamaciones.
En http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/ estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.
no es necesario hacer un contrato ante notario basta con sellar el que tienes en el organismo público de vivienda correspondiente de tu comunidad.
La compañia electrica no se puede negar a darte suministro si presentas un contrato de alquiler porque la deuda existente no es tuya.