nana la deducción estatal por alquiler de vivienda habitual ha desaparecido, en todo caso puede acogerse a la autonómica, dependiendo de que Comunidad se trate.
Si se acoge a esa deducción el dueño de esa vivienda deberá declarar los alquileres que perciba y que son objeto de deducción.
El hecho de que permanezca empadronado y admitta inqulinos en su vivienda, no tiene más transcendecia que lo antedicho.
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