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M.A Gómez

inquilino/a

¿Pueden subirme el alquiler cuando ya se ha pactado un precio (mutuo acuerdo) y además dicho contrato ya está firmado?

Cuándo firmé con la casera el contrato de arrendamiento, pactamos un precio de alquiler de mutuo acuerdo porque era para todo el año. Ya llevo 2 meses viviendo en él. Pero mi problema es el siguiente: la casera me ha comentado que le pague X dinero más por que está muy mal de dinero, y yo por mi parte, tengo miedo de que me quiera echar del piso, ya que estoy muy a gusto en él. Tengo contrato de duración de 11 meses. Me finaliza en Noviembre 2011. Por favor! Necesito ayuda. Muchas gracias de antemano.

  • Preguntado por: M.A Gómez
  • Hace 13 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (5)
Marta26 ha sido el primero en contestar
Marta26 ha sido elegida Mejor Respuesta
  • usuario eliminado

    Sencillamente, NO, no puede y tampoco puede echarte del piso mientras dure el contrato.

    Una vez finalizado el contrato, en noviembre, si ella lo quiere volver a alquilar a otra persona, tampoco podria, tiene tu el derecho a seguir ahi y con la misma cuota, o subiendo el IPC.

    Si finalizado el contrato ella lo va a destinar a su vivienda habitual, pues si puede no renovarte.

     

    Un saludo

    IPVBurgos.es

     

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 13 años
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola m Gomez:

    En el siguiente enlace encontrará información detallada sobre la duración de su contrato de arrendamiento:

    http://blog.enalquiler.com/2011/guias-alquiler-pisos/contrato-alquiler-piso/

    reciba un cordial saludo  

     despacho Armando García Fernández

  • Inmoboteros

    Inmoboteros

    profesional

    difiero con domus en una cosa, no existe un minimo legal, el plazo minimo se pacta libremente, ahora bien  como  acertadamente comentan si el contrato es de vivienda habitual, tienes derecho a las prorrogas forzosas anuales hasta un maximo de 5, durante ese tiempo solo se puede actualizar el IPC indice general de precios al consumo.

     

  • Domus

    Domus

    casero/a

    Los contratos se firman para cumplirlos, de manera que no se puede alterar la renta a caapricho de ninguna de las partes. Si el plazo de 11 meses no está justificado por alguna razón clara (trabajo temporal o algo así), sino que lo has alquilado como vivienda en la que pretendes vivir de forma permanente, el mínimo legal es un año, aunque el contrato diga otra cosa, y  como dice Marta se prorroga autómáticamente cada año si tu no lo impides notificándoselo al propietario con una antelación mínima de treinta días a la fecha en se cumple el año o las prórrogas anuales.

    • Respondido por: Domus
    • Hace 13 años
  • Marta26

    casero/a

    Si habeis pactado un alquiler que se aguante si va mal de dinero, haberlo pensado antes de firmar el contrato. No te lo puede aumentar hasta el primer año y como mucho la subida del ipc.

    Por cierto que si pasado noviemrbe te quieres quedar puedes quedarte hasta 5 años si es tu vivienda habitual

    • Respondido por: Marta26
    • Hace 13 años
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