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Manü

Manü

inquilino/a

¿Pueden subir el alquiler correspondiente al IPC después de los 5 años?

Vivimos 8 años en el piso. El contrato fue de 11 meses, renovandose cada año sin cambiar.

¿Es posible que todavia aplican los cambios del IPC al alquiler?

La Ley de Arrendamientos Urbanos en su artículo 18.1 dice:

“Durante los cinco primeros años de duración del contrato la renta sólo podrá ser actualizada por el arrendador o el arrendatario en la fecha en que se cumpla cada año de vigencia del contrato, aplicando a la renta correspondiente a la anualidad anterior la variación porcentual experimentada por el Indice General Nacional del Sistema de Indices de Precios de Consumo en un período de doce meses inmediatamente anteriores a la fecha de cada actualización, tomando como mes de referencia para la primera actualización el que corresponda al último índice que estuviera publicado en la fecha de celebración del contrato y en las sucesivas el que corresponda al último aplicado”

  • Preguntado por: Manü
  • Hace 13 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (2)
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