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Hola a todos, tengo un pequeño problema. El caso es que por motivos laborales tengo que abandonar el piso a los 6 meses de entrar en él, y la duración del contrato es de 1 año.
Al entrar en el piso, he abonado 2 fianzas de 900 euros cada una. En el contrato, la primera de ellas me viene explicada para que podría ser utilizada, y una de esas opciones es para cumplir la totalidad de la duración del contrato.
Sin embargo los otros 900 euros están en un punto diferente del contrato, establecidos como Garantía Complementaria. En este caso unicamente pone que he abonado tal cantidad en concepto de fianza adicional y que no sirve para el pago de los alquileres.
Mi duda es la siguiente, si en la segunda fianza no viene estipulado punto por punto (como en la primera) para que debe utilizarse, el propietario podría quedarse con esa fianza por irme antes de la estipulado??
Muchas gracias.
El caso que describe es el típico que solamente un Juez puede decidir, salvo que los interesados basados en el dicho "mas vale un mal acuerdo que un buen pleito" decidan ponerse de acuerdo mediante un pacto transaccional.
En mi opinión tiene mas posibilidades de "ganar" en un pleito el arrendador puesto que el arrendatario pretende dejar incumplido lo acordado alegando razones que en nada atañen al arrendador.
En mi blog, cuya lectura le recomiendo http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/ estoy a su disposición por si le puedo ayudar directamente incluso por teléfono.
Si te vas de la vivienda antes de cumplir el contrato, y no os poneis de acuerdo con el casero, este te puede demandar reclamando el resto de alquileres, y entonces no te devolverá nada, hasta que el juez dicte sentencia, y diga exactamente que es lo que se debe de hacer.
Espero que la lectura de estos posts te aclare la situación:
Como verás, ni los letrados se ponen de acuerdo. Pero para que tengas alguna posibilidad de desistir sin perjuicios económicos, es fundamental que puedas probar la "fuerza mayor", en tu caso, un traslado laboral FORZOSO.
También ayudaría que el colabores con tu arrendador para alquilar el piso cuanto antes. De ese modo no podrá exigir nada puesto que no habrá sufrido ningún perjuicio.
Saludos - Papeleos Alquiler