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Sería el caso de unos herederos que considerasen que un arrendamiento a largo plazo y a bajo pprecio les perjudicase notoriamente el disfrute y posesión del bien (piso) heredado.
Un arrendamiento es por su propia naturaleza un contrato temporal, por lo tanto no puede prolongarse indefinidamente una vez fallecido el actual dueño. La mejor solución es que le venda la nuda propiedad a su sobrino y él se reserve el usufructo.
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Gracias a todos por vuestras respuestas e ingtento precisar algo más la situación
El caso concreto es el siguiente. Se tratra de establecer un contrato entre una persona mayor (+ de 70) con un sobrino. Es un contrato con derecho de habitación para el arrendador en el que se persigue que una vez falte el arrendador (por defunción) la vivienda siga a disposición del arrendatario (sobrino no heredero) y pueda seguir gozando de la vivienda tras la muerte del arrendador
El hecho de haber establecido una renta claramente por debajo ¿podría ser causa de anulación del contrato a instancias de quien en su día fuera nuevo propietario de la vivienda?
Si así fuera, ¿habría alguna otra forma de proteger al sobrino arrendatario que se ocupa de la persona mayor sin necesidad de afectra la propiedad de la vivienda?
Muy agradeciada por vuestra atención.
Hola Carol:
Coincido con la respuesta de mi compañero Pholmo.
Reciba un cordial saludo
despacho Armando García Fernández.
Carol Leventest ¿puedes detallar más el caso? ¿quién hace ese contrato?
Por casualidad ,lo hace un padre a uno solo de los herederos?
Hay que ampliar la lacónica respuesta de javier.
Efectivamente un juez puede declarar extinguido un contrato pero para ello no se trata de que los herederos denuncien nada , tienen que interponer una demanda ejerciendo la acción rescisoria, esa demanda se traslada al inquilino que la contestará y al final, despues de un trámite lento y caro, el Juez dicta sentencia dando la razón a uno o a otro.
Denunciar en su acepción jurídica más usada es poner de manifiesto ante la autoridad hechos que se consideren delito o falta. También significa romper unilateralmente un contrato o pacto. Lo que no significa aunque así se use en el lenguaje vulgar es poner una demanda. Es importante esta precisión porque para denunciar no se necesita asistencia letrada, pero para poner esa demanda se necesita Abogado y Procurador.
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