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Supongamos que firmo un contrato de arrendamiento de una vivienda a comenzar el dia 1 de Diciembre, en el cual hay establecida una clausula por la que puedo avisar 30 dias antes para la rescision del contrato, y un mes antes del dia 1 de Diciembre, sin haber entrado aun en la casa, envio un correo certificado comunicando que no voy a entrar a vivir en la vivienda y que rescindo el contrato, ¿estaría amparado por esa clausula del contrato?
Bueno. La cláusula dice "antes de la terminación". No antes del inicio.
una carta certificada tampoco sirve de mucho. Nadie puede afirmar que dentro no había una felicitación navideña.
lo que estás haciendo es un incumplimiento de contrato en toda regla.
deberías hablar con el propietario y allanarte a perder la fianza y firmar un finiquito.
suerte.
papeleos Alquiler.
Gracias por tu respuesta Amparo, escribo literalmente:
"En el caso que el arrendatario deseara dejar la vivienda antes de la terminación del contrato deberán comunicar por escrito al arrendador, como mínimo con treinta días de antelación. De no ser así deberá indemnizar al arrendador con el 25% de las rentas pendientes hasta su terminación, con un mínimo de tres mensualidades."
Yo ya se lo he comunicado por escrito mediante carta certificada con más de un mes de antelación.
Lee bien esa cláusula.
escribela aquí.
lo más probable es que esa cláusula sea la legal. Y la legal es avisar 30 días antes al vencimiento del contrato.
saludos - Papeleos Alquiler.