Prórroga en seguro alquiler. El primer año lo paga el arrendatario... ¿Y después?
En un contrato de arrendamiento de vivienda se pide como garantía un seguro adicional de protección del mismo. El primer año dicho seguro lo paga el arrendatario. Quien paga los años consecutivos, para que esa garantía siga en vigor?
Preguntado por:
Pedro
Hace 8 años
Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (18)
Amparo BB ha sido el primero en contestar Piscis tres ha sido elegida Mejor Respuesta
Amparo BB
profesional
Si, avales y no he tenido problemas... Opino que cuando alguien te da esa garantía... ( y paga por ella) es una muestra de seriedad. No he oído a nadie protestar por un aval... y si por seguros que han puesto pegas para responder.
Amparo, trataste con avales ? Lo digo porque mi experiencia dice que no es tan sencillo en primera instancia. Además un aval sólo garantiza dinero y en muchos casos, con la ley en la mano, el desahucio esta en torno a los 9 meses a lo que hay que sumar el deterioro ocasionado en la propiedad más gastos del litigio
Se sabe que una compañía de seguro es buena solo cuando hay siniestros... Ahí es cuando empiezan las pegas... Un aval bancario a primer requerimiento es más sencillo de ejecutar.
Buenos días y gracias por abrir debate a mi pregunta. Después de leer algo más sobre el tema, estoy con Emma. La garantía que nos puede dar como arrendadores un seguro, no te lo da un aval. Con el seguro estamos cubiertos en caso de impago y tenemos defensa legal, mientras que con el aval, sólo nos garantizamos ese dinero, que puede ser destinado a pagarte esa defensa, pero quedan flecos como actos vandálicos, comunidad...etc. Aparte que estoy seguro que el tiempo en caso de desahucio, es menor en caso de que el tema sea llevado por el gabinete de la aseguradora porque cada día que pasa, les cuesta dinero. A mi modo y resumiendo, es preferible pactar el importe del seguro y arrendador y arrendatario estar cubiertos, cada uno en su campo. Muchas gracias.
Ediocha .- Si no recuerdo mal, no esta permitido hacer publicidad en nuestras intervenciones en el foro, pero si me lo pides por conducto privado, con mucho gusto te lo diré.
Yo como casero, comparto el mismo criterio que Emma Otero ya que si el arrendatario es solvente hoy, puede no serlo el día de mañana y si lo sigue siendo mejor, pero lo que abunda no daña al hacer un seguro y el gasto es ridículo en comparación a la tranquilidad y garantía de cobro de rentas y gastos de desahucio en caso de ser necesarios. Las aseguradoras, piden informes y garantías al inquilino, pero también se pillan los dedos y han de pagar al arrendador las rentas no percibidas y los gastos judiciales del desahucio.
Puff, pues los avales como no sea que avale con dinero contante y sonante depositado, tal como está el tema, que en Madrid es la leche la cantidad de gente que te entra ya pensando en como darte gato por liebre. Yo me curo en salud con un seguro de impago, vivo tranquila y duermo a pierna suelta. Me hago a la idea de que tengo que destinar medio mes al año para el seguro y fuera, pero eso sí, un buen seguro de impago, que hay de todo por ahí.
Pedro admiro tu labor en la web y Amparo, muchas gracias y disculpa mi malentendido Visto las respuestas, ante eso, como arrendador es mejor pedir aval?
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