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Buenas tardes, mi compañero y yo tenemos dudas sobre nuestro contrato. En el apartado de Gstos Generales y Servicios Individuales pone lo siguiente
"Además de la renta pactada el arrendatario se obliga a satisfacer los siguientes gastos y servicios:
Los gastos derivados de la comunidad derivados de la comunidad de vecinos. Los consumos y servicios de agua, luz, gas, calefacción, basura y comunidad y cualquier otro que se pudiera ser individualmente asignado por contrato o medido por contador"
Y nuestras dudas son:
1º Tenemos que pagar el IBI?
2º Si hay una derrama en la comunidad (arreglo de tejados, fachada, ascensor...) La tenemos que pagar?
3º Si nuestra calefacción funciona con gas....al poner calefacción quiere decir que si viene el técnico a revisar la caldera....tenemos que pagar ese servicio?
Un saludo y gracias, esperamso vuestras respuestas.
Tal y como está la cláusula hasta os podéis negar a pagar la comunidad, pues debería estar el importe indicado en el contrato
1º El I.B.I. no lo tienes que pagar salvo que expresamente lo diga el contrato (en esa clausula no lo menciona)
2º Las derramas no las pagan los inquilinos. Siempre son por cuenta del casero.
3º Lo de las revisiones de la caldera es un tema muy controvertido. En mi opinión las revisiones obligatorias por ley son por cuenta del inquilino, otro tema es un contrato de mantenimiento y asistencia técnica, en este caso debería pagarlo quien lo contrate.