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El contrato es de 1 año y renovable cada año si el arrendador no me solicita abandonar el piso. El problema es que la casa es muuuy fría. Desde que informé de la situación han pasado ya 2 meses y el problema se mantiene. No se ha negado a solucionarlo pero las soluciones/acciones que ha tomado no han resuelto el problema. Estoy tan quemado que simplemente quiero irme. Creo que he dado un plazo más que razonable para solucionar el problema. He dejado caer un par de veces que me liberara del contrato y me iba. Pero siempre ha dicho que solucionaría el problema. Puedo resolver el contrato por no tener condiciones de habitabilidad? Podría hacerlo incluso sin preaviso, sin perder la fianza y sin perder los meses que quedan de alquiler? Muchas gracias.
En definitiva hay que reiterar lo de siempre en los arrendamientos de vivienda siempre ocurre que el punto de vista sobre la idoneidad del inmueble varía entre el dueño y el inquilino. Objetivamente hay que decir que el inquilino tiene derecho a que la vivienda sea habitable y si no es así debe certificarlo por un dictamen pericial elaborado por persona competente y puede intentar obtener esa habitabilidad o la resolución del contrato con indemnización de daños y perjuicios. La obtención de cualquiera de esos resultados puede exigir la intervención de Letrado y Procurador.
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Sonny, no es que se trate de que me parezca normal o no, sino que la habitabilidad no tiene que ver con la temperatura.
Se me ocurren mil soluciones, como por ejemplo comprar una estufa de butano.
Es más, las temperaturas que mencionas no son anormales, sino temperaturas que muchos áticos ( por poner un ejemplo) han sufrido.
Entiendo que le suene raro, ya que hasta a mis amigos les cuesta creerlo. Pero ya le digo que no hace falta irse a alta montaña. Por ejemplo, cuando pasamos la ola de frío. En Madrid tuvimos temperaturas bajo cero. Si esta vivienda está muy mal aislada y la calefacción no funciona correctamente...
Precisamente la temperatura que usted comenta, 14º-15º, es lo que consigo obtener estando la calefacción puesta todo el día. Como es una bomba de calor y no la puedo poner por la noche, si pretendo dormir claro, por las mañanas la vivienda está a 5-6º. Y durante la ola de frío, me despertaba a 2-3º.
Si lo que comenta Crazyh es correcto, entonces sí que no entiendo nada. Si hubieramos firmado un contrato de 5 años, me tendría que aguantar durante todo este tiempo y pasar este calvario todos los inviernos porque semejante temperatura no se considera que hace la vivienda inhabitable?
Porque si es así, vaya Ley tenemos...
¿Dónde vive? cuando voy en invierno a la casa que mis padres tienen en la Sierra, y que lleva igual vacía desde septiembre. Lo menos que tiene es 14 grados
¿dónde vive usted? ¿en alta montaña? es que suena raro.
Tener un sistema de calefacción ineficiente o que no funciona, y tener la vivienda a 5-6 grados de temperatura no la hace inhabitable? Le parece una temperatura normal?
Ya le puedo asegurar que la temperatura no es una de las cosas que hacen a una vivienda inhabitable.
si no llega a un acuerdo no veo que haya mucho por hacer.
Gracias por contestar.
El arrendador siempre ha sido correcto y ha tenido disposición para solucionar el problema. Por eso he tenido la paciencia que he tenido. Pero ya no me vale con la voluntad. Necesito una solución inmediata porque estoy hablando de temperaturas inferiores a 6 grados dentro de casa.
Creo que llegaremos a un acuerdo. Pero me gustaría saber qué opciones tengo en caso de que, al comunicarle que me voy sí o sí, ya no sea tan correcto. Si no hay acuerdo, la única solución es la orden judicial? Porque si tuviera que esperar a la orden judicial, llegaría antes la finalización del contrato.
Si me fuera del piso sin llegar a un acuerdo, podría conseguir la devolución de la fianza por la vía jurídica? O tendría todas las de perder por haberme ido y haber dejado de pagar antes de cumplir el año? Es que para mi es una situación insostenible.
Gracias.
Una de las partes no puede resolver el contrato.
Solo puede resolverse por acuerdo entre las partes o por orden judicial.
Si el piso es realmente inhabitable su arrendador seguro que le "deja ir" antes de que un juez de por terminado el contrato y le condene en costas.
Saludos - Papeleos Alquiler.
Cuando digo "sin perder los meses que quedan de alquiler", me refería a no tener que pagar los meses que quedan para cumplir el año de contrato.