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jmk

inquilino/a

Prorroga automatica - Que condiciones se aplican?
hola comunidad,
despues de un contrato de alquiler de 5 años tenemos ahora una prorroga automatica de 3 años pq el dueño no se habia enterado de terminarlo bien. el dueño ahora me envió un burofax para firmar la prorroga de 3 años con todas las condidicones del contrato vencido. mi pregunta es sobre el tema de mi deposito inicial y como va a ser afectado por la prorroga.

como lo entiendo, la prorroga es automatica HASTA 3 años pero yo, como arrendatario, podria irme antes si avisaria al dueño con 30 dias de antelacion. lo entiendo bien?
o lo entiendo mal y tenemos ahora automaticamente una prorroga fija de 3 años y no podriamos irnos sin penalizacion (deposito, etc.)?
gracias de antemano!
  • Preguntado por: jmk
  • Hace 7 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (5)
jmk ha sido el primero en contestar
  • jmk

    inquilino/a

    muchas gracias piscis y josep.
    jmk
    • Respondido por: jmk
    • Hace 7 años
  • Josep Térmens Viñas

    Josep Térmens Viñas

    profesional

    Coincido com Pisicis. Esa cláusula SEXTA es nula. 
    http://www.abogadoarrendamientos.com/
  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    No hay que hacer documento alguno. La prórroga de tres años es obligatoria para el arrendador y potestativa para ti ya que puedes desistir del arrendamiento comunicando de forma fehaciente al arrendador por todo lo antes de treinta días al cumpleaños del contrato, tu deseo de no continuar en la vivienda. En tus condiciones actuales, no hay que firmar nada y no se te aplicará penalización alguna, siempre que cumplas las prórrogas anuales completas.
  • jmk

    inquilino/a

    tb para mencionar, en el contrato VENCIDO contiene este clausula:

    SEXTA - Si el ARRENDATARIO quisiera desistir del contrato antes del tiempo pactado, tendrá que comunicarlo por escrito al arrendador con cinco meses de antelación y, en todo caso, deberá indemnizar al ARRENDADOR con una cantidad equivalente a cinco mensualidades de la renta en vigor, en concepto de daños y perjuicios.
    • Respondido por: jmk
    • Hace 7 años
  • jmk

    inquilino/a

    tb para mencionar, en el contrato VENCIDO hay estos dos clausulas:

    • Respondido por: jmk
    • Hace 7 años
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