El plazo pactado en un contrato es igual de obligatorio para el dueño como para el inquilino, en tal sentido si el inquilino no lo cumple el dueño puede exigir indemnización por ello. En mis posts
http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2009/04/mas-sobre-desistimiento-anticipado.html y
http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2008/12/desistimiento-del-inquilino.html considero que tienes cumplida respuesta a tus preguntas, no obstante me pongo profesionalmente a tu disposición para cualquier asesoramiento complementario.