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Vivo con mi madre y mis dos hijas en un piso de alkiler q esta a nombre de mi madre y antes lo estuvo de mi padre, ¿si falleciera mi madre podrían no alkilarme a mí el piso y echarme?
Subrogarse no, pero tendrá dos años más de contrato si no voy mal encaminado.
El contrato se extinguirá al fallecimiento del subrogado, salvo que lo fuera un hijo del arrendatario no afectado por una minusvalía igual o superior al 65 por 100, en cuyo caso se extinguirá a los dos años o en la fecha en que el subrogado cumpla veinticinco años, si ésta fuese posterior
Conforme parece desprenderse de los datos que facilita se trata de un alquiler de renta antigua, anterior a 1985, con lo cual al fallecimiento de la actual titular no puede subrogarse ningún familiar, salvo que se trate de discapacitados.
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