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Krisie

inquilino/a

Puede obligarte una promotora a estar/pagar el año completo q has firmado?hay alguna manera legal de romper el contrato?

Una de las claúsulas es que no se puede abandonar el piso antes del año firmado y en caso de hacerlo abonar todas las mensualidades hasta finalizar el contrato...

Es legal? Hay forma alguna de poder dejar el piso y romper el contrato?

  • Preguntado por: Krisie
  • Hace 12 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (2)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • Krisie

    inquilino/a

    Muchas gracias por la informaciòn.

    En el contrato pone bien claro que si abandona el piso antes de la finalizaciòn del contrato debe abonar todas las mensualidades hasta su finalizaciòn.

    Lo que quería saber era si a pesar de estar esa claúsula...es legal...o hay alguna vía legal cumplirla,evitando el pago de todas esas mensualidades..aunq se pierda la fianza...por ejemplo...

    Gracias .

    • Respondido por: Krisie
    • Hace 12 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Antes de abandonar un alquiler sin cumplir el plazo pactado o cualquiera de sus prórrogas conviene recordar el viejo brocardo,   pacta sunt servanda –los acuerdos han de ser cumplidos-, y también, mientras no se modifique,  que tan obligatorio es para el casero mantener al arrendatario en el disfrute de la vivienda o local por el tiempo pactado, como para éste pagar la renta correspondiente a ese periodo de tiempo.

    Por lo tanto aunque en el contrato no se especifique el pago de indemnización para el inquilino que decida romper unilateralmente el contrato sin cumplir el plazo pactado o cualquiera de sus prórrogas, ello no puede interpretarse como que la misma es inexigible, el arrendador que se ve frustrado en el cobro de los alquileres pactados sin una razón justificada, puede reclamar al inquilino una indemnización por incumplimiento de contrato, el importe de la misma lo determinará el Juez si ambas partes no llegan a un acuerdo previamente.

    En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y  si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd.,   puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,18€ por minuto desde teléfono fijo y 1,53 € por minuto desde móvil).

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 12 años
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