Hola,
el tema de las reparaciones y mantenimiento se trata en el artículo 21 de la LAU / 94. Este es el enlace:
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/l29-1994.t2.html#a21 Comentarle que si la persiana la rompe el viento, deberá pagarla el seguro. Y si se quedan trabadas por mal estado, casi con toda certeza será cosa del inquilino (el mantenimiento es cosa del inquilino).
Si el contrato es de renta antigua, entonces el propietario puede repercutir en el inquilino los gastos necesarios para el mantenimiento de la vivienda.
Espero haberle ayudado.