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El banco le embarga a un propietario un piso en el que hay inquilinos, estos han reconocido en el juzgado que son los inquilinos de la vivienda, por lo que se quedan a vivir en el piso como mínimo hasta que rescinda el contrato, la pregunta es ¿qué pasa con la fianza entregada al primer propietario?
Quien resulte ser propietario a consecuencia del embargo, asume todos los derechos y obligaciones del anterior respecto de la vivienda, por tanto llegada la extinción del alquiler, el propietario tendrá que devolver la fianza al inquilino exactamente igual que lo tendría que hacer el inicial. El propio contrato es la prueba de la entrega de la fianza y por tanto del derecho a su devolución de quien resulte ser propietario a la finalización del mismo.