Joan, creo que no te has fijado que Alfonso ha dicho que el piso es de protección oficial. En ese caso, el casero sí que debe atenerse a la regulación oficial para determinar el precio del alquiler y, primero, debe ser capaz de alquilarlo porque para hacerlo el piso debe haber sido descalificado. Lo mejor que puedes hacer es pasarte por la oficina de vivienda de tu consejería y preguntar allí por ese piso y cuáles son los baremos de alquiler si se puede alquilar.
Sí es legal. Cada propietario es libre de cobrar el importe que quiera siempre y cuando haya alguien dispuesto a pagar. ¿Según tu razonamiento si el propietario no tuviera una hipoteca pendiente no debería cobrar nada por alquilar la vivienda?
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