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Hola.
Creo que en la nueva ley de contratos de alquiler, el nuevo inquilino está obligado a permanecer un mínimo de 6 meses en la vivienda desde la firma del contrato.
¿Qué sucede en el caso de que el inquilino marche antes de los primeros 6 meses?
¿Ello también es aplicable en el caso que el contrato firmado sea la continuación de uno caducado justo antes, vigente según la ley anterior, en el que ya se han hecho las renovaciónes tácitas que se hacían por 3 años más?
Muchas gracias.
Hola santiago:
coincido con la respuesta de mi compañero Pedro y le sugiero la lectura del siguiente enlace:
http://letradosalquileres.es.tl/R-e2-gimen-normativo-de-los-contratos.htm
reciba un cordial saludo
No, no es aplicable a un contrato firmado con anterioridad a la ultima modificacion.
pedro martinez
abogado
5001@icagr. Es