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Estoy en una pensión y la propietaria no hace contrato de arrendamiento. ¿Se rige por la misma normativa que un alquiler normal?
El alojamiento en una pensión no es un contrato de inquilinato sino de hospedaje y por lo tanto no se rige por la LAU sino por las normas administrativas vigentes en la materia, normalmente no hay contrato escrito.
Le sugiero la lectura de mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd., puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,18€ por minuto desde teléfono fijo y 1,53 € por minuto desde móvil).