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Tengo un contrato firmado de un año, pero tendria que dejar el piso ya. Me quedan tres meses para cumplir el contrato.- Que penalizacion tendria que abonarle al casero.
Remarcar la palabra "acuerdo" en el comentario de Jan. Si el arrendador quiere, puede demandar los tres meses que le restan al contrato
Hola Namarka:
La indemnización que manifiesta en su última intervención es aplicable únicamente a los contratos de arrendamiento de vivienda con una duración inicialmente pactada superior a 5 años. Por lo tanto, no es aplicable a su caso.
en su caso concreto un mes de renta como penalización podría ser un buen acuerdo.
reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
Me han dicho que por ley se paga un mes por cada año incumplido, al faltar tres meses seria la tercera parte de la renta de un mes.
sabeis si es asi?
gracias
En principio el casero tiene derecho a exigirte el cumplimiento del contrato, por lo que es posible que te reclame las 3 mensualidades de renta que faltan.
Pedro Martinez
Abogado