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Hola, bueno ayer me entere que segun la LAU no es legal cobrar la comunidad por separado, debe ir incluida en el alquiler, es eso cierto? Desde cuando esa reforma?
pues no se, en el contrato que tengo ahora pone la comunidad entre los gastos como suministros, es decir pone textualmente: "que corre a cargo del inquilino importes derivados del consumo de agua, electricidad, comunidad, gas o cualuier otro genero de suministro o servicios".
Ahora me has hecho surgir la duda de si se podría reclamar algo si en el contrato pone "400€ con comunidad incluida)"
Para que te puedan cargar el gasto de comunidad no solo debe aparecer el concepto en el contrato, sino que tiene que ir acompañado de la cantidad a pagar.
Por ejemplo :
-Gastos de comunidad ( 40€)
Y dicho esto me surge otra duda, si ese gasto no debería, también, tener indicado la forma de pago (mensual, bimestral, semestral)
Solo me queda reiterar lo temeraria que es la ignorancia, también es temerario contratar con quien se atreve a hacer esas afirmaciones.
si claro Crazyh, me entere porque tengo intencion de cambiar de piso, asi pues estoy visitando alguno que otro tanto con particulares, como con inmobiliarias. En una de ellas pregunte por precio condiciones y demas, puesto que ahora pago comunidad, por saber y me comentaron que ahora la comunidad debe ir incluida nunca por separado. No se si es cierto o no, por eso pregunto, aun asi el lunes le comentare a quien me lo dijo a ver si me aclara mas.
En el boe, que es la única fuente fiable, yo no he visto esa reforma de la lau.
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