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Angie Ines

inquilino/a

¿Qué gastos tengo q pagar?, en mi contrato no se me dijo ninguna cantidad y me ha sorprendido lo que me han pasado

Desde el 1 diciembre 2008 vivo en una comunidad de 4 edificios con piscina, no tengo plaza de garaje. Me acaban de pasar los gastos de comunidad, los correspondientes al edificio estoy de acuerdo. Pero luego están los gastos de plaza central: luz, agua, limpieza, mantenimiento jardín y piscina, cambio jardín entrada, resembrado, ferretería, material piscinas ,pintura y cableado jardín, electricista. Luego gastos urbanización y garajes: mantenimiento, conserjes, 2 últimos pagos cámaras+reubicación, gestión y ajustes lluvias octubre (no vivía allí), electricista espejo ovalo visión entrada, herramientas, instalación cerraduras en cuartos de instalaciones.

Por ultimo Gastos generales urbanización,garajes y locales: Administrador, correos, imprenta, gastos bancarios.

Una de las cláusulas de mi contrato "Gastos de Servicios Individuales: los gastos por servicios que se individualicen mediante aparatos contadores, serán de cuenta del arrendatario, asimismo los gastos generales ordinarios ...

  • Preguntado por: Angie Ines
  • Hace 15 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (4)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
Amparo BB ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Entonces digo lo que ya te dije ... :-)
  • Angie Ines

    inquilino/a

    "Gastos de servicios individuales: los gastos por servicios que se individualicen mediante aparatos contadores, serán de cuenta del arrendatario, asimismo los gastos generales ordinarios para el adecuado sostenimiento del inmueble en que se halla ubicada la vivienda objeto del presente contrato, sus servicios, tributos, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización y que correspondan a la vivienda arrendada o a sus accesorios serán satisfechos por el arrendador"
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    La cláusula que tu dices se refiere a tus consumos de luz gas etc.

    Para que tú tengas obligación de pagar los gastos de la comunidad de propietarios, su importe mensual tendría que haber sido especificado en tu contrato. Si no lo ha sido, no tienes que pagarlos. Sólo la renta de alquiler y tus consumos individuales.

    Por cierto has dejado el párrafo a medias a partir de donde dice "asimismo los gastos generales ordinarios .... ¿qué más pone?
  • usuario eliminado

    Estimada Angie Ines,

    La Ley de Arrendamientos Urbanos establece que "las partes podrán pactar que los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, tributos, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización y que correspondan a la vivienda arrendada o a sus accesorios, sean a cargo del arrendatario. En edificios en régimen de propiedad horizontal tales gastos serán los que correspondan a la finca arrendada en función de su cuota de participación.

    En edificios que no se encuentren en régimen de propiedad horizontal, tales gastos serán los que se hayan asignado a la finca arrendada en función de su superficie.

    Para su validez, este pacto deberá constar por escrito y determinar el importe anual de dichos gastos a la fecha del contrato. El pacto que se refiera a tributos no afectará a la Administración."

    Por ello, es necesario saber qué dice su contrato respecto de los gastos del inmueble, no los de servicios (luz, agua, gas), porque deben estar pactados por escrito y determinados y determinando su importe.

    De otro modo, no sería válido.

    Esperando haber resuelto su consulta, reciba un cordial saludo. Quedo a su disposición en mi página web para cualquier cuestíon adicional que necesite.

    Salvo mejor opinión fundada en Derecho

    Ignacio Sanz
    http://www.sanzycabrejas.com/
    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 15 años
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