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En un contrato actual con la nueva ley de la Lao, pero que permite pactos de ambas partes, se ha llegado a un acuerdo de un período mínimo de 1 año y el arrendatario incumplirlo, yéndose a los 8 meses, ¿habría alguna penalización para el arrendatario?
Hola Lluisa:
Coincido con la respuesta del sr Piscis tres.
reciba un cordial saludo
Si omiten poner en el contrato la penalización prevista en la LAU, cuando se vaya el arerendatario a los ocho meses, no le pueden pedir nada de indemnización, en caso contrario, ascenderia al importe de diez días de alquiler.