Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
Estoy buscando vivienda de alquiler en Barcelona ciudad o cercanías y no he alquilado nunca. (o si sabéis algún enlace donde lo explique...)
Muchas gracias!
Juan Carlos
Juan Carlos Mur me parece que le vendrá muy bien la lectura del DECALOGO DEL INQUILINO
Hola Juan Carlos:
Si es la primera vez que va a arrendar su vivienda la aconsejo que el contrato sea redactado por un/a abogado/a experto/a en arrendamientos urbanos quien, además, la asesorará sobre el depósito de la fianza, las garantías adicionales, etc...
reciba un cordial saludo.
despacho Armando García Fernández.
Una cosa más, le aconsejo que antes de firmar nada, vuelva a entrar aquí o consulte con alguien el contrato, para no llevarse sorpresas luego.
En cualquier alquiler de vivienda habitual, el arrendatario tiene la posibilidad de prorrogar este contrato hasta 5 años, sin que el arrendador pueda rescindir el contrato, y con la única subida en la renta del ipcgn.
Llegado los cindo años, cualquiera de las dos partes podrá dar por finalizado el contrato con el preaviso de 30 dias. Si no lo hay, el contrato se seguirá prorrogando en periodos anuales hasta el 8º año, año en que el contrato se prorrogará anualmente hasta que una de las partes quiera darlo por finalizado.
Tu, como arrendatario, solo podrás abandonar el contrato en cada cumpleaños del contrato, y siempre deberás avisar con 30 dias de antelación, a no ser, que se pacte de otro modo en el contrato de arrendamiento.