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Me pregunto si se puede hacer un contrato de alquiler en el que el inquilino únicamente tenga obligación de pagar los gastos de suministros de la vivienda (luz, agua, gas) y gastos generales (contribución urbana, comunidad) y comprometerse a mantener la vivienda en buenas condiciones, pero sin contraprestación en concepto de renta mensual? Habría obligación de hacer constar un alquiler simbólico como por ejemplo 1 euro anual?
Hola Ana:
La respuesta a su pregunta es afirmativa.
reciba un cordial saludo
despacho Armando García Fernández.
El problema en este caso es que la inquilina, extranjera también (comunitaria) necesita un documento que acredite su domicilio y residencia para empadronarse y otros trámites como compra de vehículo, asignación de médico.... Sería aceptable el contrato de comodato para estos efectos?
Muchas gracias por sus respuestas.
Hola Ana:
En su caso la mejor opción es la realización de un contrato de comodato. Le sugiero que el mismo sea redactado por un/a profesional de la abogacía.
reciba un cordial saludo
despacho Armando García Fernández.
En este caso yo redactaría un documento (no contrato de alquiler) en el que cedo la vivienda sin cargo alguno a don fulano de tal a cambio de su conservación y mantenimiento incluyendo los gastos de luz,agua,gas,impuestos como IBI etc etc hasta mi vuelta del extranjero bla bla bla
En este caso no se trata de engañar a ningún banco, la casa no está hipotecada. El dueño no vive en España y simplemente desea que una persona (relativamente amiga) viva en la casa y pague los gastos corrientes, y que mantenga la vivienda en buenas condiciones. Me ha preguntado si se puede redactar un contrato de alquiler con estas condiciones.
No seamos tan mal pensados,podiera ser que unos padres le dejen una vivienda a un hijo y que corra con todos los gastos
Mejor que se explique ANA tamborino cabeza
Coincido con la respuesta, también podría ser un usufructo gratuito...
PD: Malditas respuestas diferidas... lo que quería añadir es que si no estás intentando eludir un embargo, y realmente quieres hacer un contrato en esas condiciones que dices, es MUY aconsejable que te asesores por un profesional, un abogado especializado, que redacte el contrato.
O habla de un contrato de comodato, o habla de intentar eludir un embargo con el bulo que existe de hacer un contrato a precio simbólico a un familiar por 100 años.
Lo primero es factible, lo segundo terminará con un embargo de igual forma y además con posibilidad de la imputación de un delito penal de alzamiento de bienes.
Se puede hacer, pero no sería un contrato de alquiler, sino un comodato, o un usufructo gratuito... te aconsejo que para hacer algo así te asesores debidamente.
Ahora bien, si lo que intentas es engañar al banco, o a algún acreedor, para que no te desahucien, ya te adelanto que no te va a servir.