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La duda que tengo es si un alquiler que comienza en enero de 2015 pero se firma en 2014 podrá seguir acogiéndose tanto para arrendador como para inquilino, a las ventajas fiscales que desaparecen con la nueva ley de IRPF, o si por el contrario es necesario que el contrato haya comenzado efectivamente, no sólo la firma, en 2014 de modo que la fecha de inicio del contrato y de habitar la vivienda sea dentro de 2014.
Muchas gracias anticipadas.
Échale un vistazo a este artículo:
http://blog. Enalquiler. Com/2014/actualidad/deduccion-alquiler-pisos-inquilinos-2015/
saludos