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Hola, acabo de firmar un contrato de alquiler dónde he descubierto inconsistencias con el número de puerta del piso. En el contrato, en la cédula de habitabilidad y en la factura de la luz pone en la diercción: puerta 1, pero en el buzón del piso, en la puerta del piso y en la factura del agua pone: puerta 2.
El dueño del piso me ha explicado que la misma pregunta hicieron ellos cuando compraron el piso y les explicaron que esto era normal. A efectos legales la casa es puerta 1, para lo demás es puerta 2.
Si bien el dueño me parece una persona legal, esto me parece muy raro y más cuando el recibo del agua pone puerta 2. Esto es cierto? Que tengo que hacer para asegurarme que esto es cierto? Quiero asegurar el piso, que puerta pongo?
Hay veces que en el Registro de la propiedad se registra la vivienda con una numeración, que luego se cambia cuando se constituye la comunidad de propietarios. Otras veces el error viene al dar la dirección a las companyias suministradoras.
No se me ocurre nada más que ir a la oficina del catastro y verificar si es evrdad lo que te ha comentado tu casero. Porque entonces a la hora de declarar la renta donde vives? en la puerta 1 o puerta 2?