No tengo muy claro como funcionan los alquileres de menos de un año
Hola, tengo un piso para alquilar y e estado mirando la nueva ley la cual e leido que se puede alquilar un piso por menos de un año, pero me a llamad mucha gente para alquilarselo por 2. 3 y 4 meses, mi pregunta es la siguiente: si yo alquilo el piso por menos de lo que esta estipulado en la ley, cuanto tendría que pedir de fianza? o sea el mes de alquiler, la fianza y deberia pedir otro de fianza?. Gracias.
Es normal que no lo tengas claro, ya que la ley no es nada clara en este sentido.
En principio, los arrendamientos de corta duración se encuadran dentro del concepto de arrendamiento de temporada, que se rigen por las mismas normas que el arrendamiento para uso distinto del de vivienda, lo que supone que tengan que exigirse un total de DOS MENSUALIDADES de renta como fianza.
Como para los arrendamientos de temporada resultaría absurdo exigir una fianza de dos meses cuando la duración del propio contrato es de dos meses, se permite expresamente que la fianza a exigir se corresponda con la parte proporcionalmente equivalente a los dos meses de fianza si el arrendamiento durara 1 año. Para calcular la fianza, tienes que sumar la renta del período (todos los meses que vaya a durar el alquiler), y dividirlo entre 6.
Un saludo, www.desalvador.es Especialistas en Derecho Inmobiliario
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