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Mi padre falleció hace unos meses y el era el titular del contrato. Vivo en otra comunidad autónoma y por situaciones familiares y laborales debo volver a mi ciudad de origen. El contrato no vence hasta el año 2016. ¿Es posible reclamar el piso para vivienda personal? He mirado el contrato y no hay ninguna cláusula en la que conste esta cuestión. No tengo ni idea de alquileres. ¿Qué puedo hacer?
Si al hacer el contrato no se puso ninguna cláusula de rescisión en caso de necesidad,no le des más vueltas ,con lo que cobras del alquiler,te alquilas otro mientras se cumple el plazo de los cinco años completos,avisando de forma fehaciente 30 días antes .¡¡¡te ahorrarás líos y dinero,ya que tendrías que indemnizar con varias mensualidades más los gastos de la mudanza!!!!
Hola liliana:
Salvo que llegue a un acuerdo con sus arrendatarios para resolver el contrato de mutuo acuerdo, con o sin derecho a indemnización a favor de ellos, tendrá que esperar a la finalización del contrato. Además le sugiero la lectura del siguiente enlace:
Reciba un cordial saludo