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Mohamed

inquilino/a

Me quiere echar del piso después de 17 años
Hola! Estoy de alquiler durante 17 años en un piso alquilado, y el 17/12/2015 me envía una carta diciéndome que el 31/12/2015 desaloje la vivienda ya que no le interesa que sigamos viviendo allí (siempre hemos pagado y cumplido para con el) o "negociar un nuevo contrato de 3 años".
Nos puede echar en tan poco tiempo?
Gracias y saludos
  • Preguntado por: Mohamed
  • Hace 9 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (8)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
Amparo BB ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola Mohamed:


    Coincido con las respuestas anteriores y le sugiero la lectura del siguiente enlace:

    http://letradosalquileres.es.tl/Duracion-del-contrato-de-arrendamiento-de-vivienda-celebrados-entre-el-1_1_1995-y-el-5_6_2013.htm


    reciba un cordial saludo.



        http://letradosalquileres.es.tl
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Mohamed parece como si vd contemplara su alquiler con una mentalidad algo obsoleta, ya, desde 1995,  no hay alquileres para 'toda la vida' y el suyo ha agotado su plazo de duración legal y contractual, por lo tanto el casero no necesita otro motivo para darlo por concluido.
    Le conviene leer esto:

    ¿Son para siempre los arrendamientos de vivienda en España?

    La duración de los arrendamientos urbanos hoy.
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 9 años
  • Mohamed

    inquilino/a

    Pero si no tiene un motiva para acabar el contrato, tiene derecho a echarme?

    • Respondido por: Mohamed
    • Hace 9 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Otra consejillo. Si usted busca piso "por muchos años" ofrezca eso al arrendador como aliciente para alquilarle a ustedes y no a otros...  Y trate de encontrar un casero que quiera firmar directamente por más años que los que obliga la ley (3). A mi me encantaría tener un inquilino que quisiera firmar directamente muchos años.   Además, exija en el contrato, que el arrendador renuncie al derecho que le da la LAU de recuperar el piso a partir del año para vivir él o familiar de primer grado. (Que renuncie al derecho que le da el artículo 9.3) 
    Un inquilino como usted - siempre que sea solvente - que desee un piso a largo plazo, es un pastelillo para cualquier casero "profesional"... 
    Si tiene dudas, antes de firmar el contrato, póngalas aquí.
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Hola. Si el aviso es fehaciente y la renta se pactó mensual, tiene que darte 30 días a partir del día del mes que entró en vigor el contrato.
    Si fue un 17, tiene que darte hasta el 16 de enero.
    Y ese es el tiempo que tienes para buscar piso. 
    Comentarte que tendrás tiempo suficiente.
     Es más, a mi cuando algún potencial inquilino me dice que está buscando piso para dentro de 2 meses... le recomiendo buscar cuando falte un mes . Ningún casero que ofrezca un buen piso, "le esperará" más tiempo.
    Ánimo y suerte que ahora hay mucha oferta
  • Mohamed

    inquilino/a

    Hola Amparo BB, me lo ha enviado por burofax (he investigado y se acepta como aviso FEHACIENTE), el caso es que es un contrato de pago mensual, pero ya veníamos teniendo mala relación ya que le pedimos que nos reformase la cocina ya que la primera vez la reformamos nosotros ya que era un desastre y ahora se niega constantemente, te pregunto tambien, me puedo negar a abandonar el piso puesto que llevo ya varios años? Y si no encuentro un piso donde vivir y teniendo 2 hijos menores de dad, que puedo hacer?
    Muchas gracias por tu ayuda!
    • Respondido por: Mohamed
    • Hace 9 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    El aviso tiene que ser FEHACIENTE (una carta no lo es) y como mínimo con 30 días.
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Buenos días.
    Por lo que explica su contrato es de 1998 y se encuentra en la llamada tácita reconducción, que significa prórrogas anuales si la renta se pactó anual ( xx.xxx euros al año pagaderos en xxx euros al mes) o prórrogas mensuales si la renta se pactó mensual (xxx euros al mes)
    • Si la renta se pactó anual, cualquiera de las partes puede dar por terminado el contrato en cada vencimiento anual, preavisando con 30 días.
    • Si la renta se pactó mensual, cualquiera de las partes puede darlo por terminado en cualquier momento, preavisando con 30 días.

    Saludos  Papeleos Alquiler
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