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armetabi

inquilino/a

Llevo de alquiler en una nave desde el 2008 y ahora necesito dejarla por falta de liquidez

1er contrato 2006, y el 2º contrato en el 2008 hasta el 2013.

  • Preguntado por: armetabi
  • Hace 14 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (1)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    La obligación de cumplir los plazos de duración pactados en el contrato es la misma para el arrendador que para el arrendatario, por lo tanto deberías llegar a un acurdo con el dueño para desistir anticipadamente del arriendo, sabiendo que tiene derecho a exigir indemnización.

    Para aconsejar con mas detalle a la hora de negociar habría que conocer las distintas circunstancias de la situación

    Puede visitar mi blog: http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/ donde aparecen temas relacionados o consultarme directamente por teléfono: 807 520 008 (1,16 eur./min. Desde fijo; 1,55 eur./min. Desde móvil)

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 14 años
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