Solo necesito alquilar un piso durante 9 meses. .? Me pueden obligar a contratar un año? Si a los 8 meses aviso que me voy el próximo mes ? puedo irme sin que me cueste nada y me devuelven la fianza entera¿
Frederic, su respuesta, además de no entenderse, no aclara al consultante si tiene que pagar indemnización o no por irse anticipadamente. Pone usted la información sesgada, ya que el artículo que usted cita... no sé para qué, continúa precisamente hablando sobre la indemización que yo menciono en mi anterior respuesta Las partes podrán pactar en el contrato que, para el caso de desistimiento, deba el arrendatario indemnizar al arrendador con una cantidad equivalente a una mensualidad de la renta en vigor por cada año del contrato que reste por cumplir. Los períodos de tiempo inferiores al año darán lugar a la parte proporcional de la indemnización.
Desistimiento. Art. 11. El arrendatario de vivienda podrá desistir transcurrido al menos seis meses, siempre que se lo comunique al arrendador con una antelación mínima de treinta días. Antes sólo se preveía para los arrendamientos de duración pactada superior a cinco años, y pasados los primeros cinco años.
Entienda que muchos caseros quieren alquilar por más tiempo... Para no estar cada año, buscando nuevo inquilino.... Busque un arrendador que desee alquilar por menos tiempo, que los hay Si se va a los 8 meses y su contrato tiene cláusula de indemnización le devolverán la parte proporcional de la fianza, es decir, 1/3 Saludos
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