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enriqueta

inquilino/a

¿Me pueden obligar a pagar el contrato íntegro de alquiler si deseo dejar el piso antes de que venza el contrato?
Mi contrato de alquiler cumple a finales de año, pero por motivos económicos necesito dejarlo ahora. El caso es que en el contrato hay una cláusula que dice lo siguiente: "en el caso que el arrendatario renunciase al arrendamiento o abandonare la finca arrendada con anterioridad a la fecha de vencimiento del termino del presente contrato, el mismo quedará obligado a indemnizar a la propiedad con una cantidad equivalente a la totalidad de las rentas pendientes hasta la definitiva terminación del mismo" . ¿Es legal esta cláusula? ¿Me pueden obligar a pagarlo? Tengo amigos que me han comentado que esto no es legal y que no me pueden obligar. Espero que me podais ayudar.

Muchas gracias!!
  • Preguntado por: enriqueta
  • Hace 15 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (2)
BUFETPRIETO SLP ha sido el primero en contestar
  • BUFETE JOVER

    profesional

    La cláusula de la que habla es lo que se llama una cláusula penal, que la Ley (concretamente el Código Civil) dice que podrá ser modulada por el Juez que entienda del asunto.

    El dejar un arrendamiento antes del vencimiento del plazo pactado es un incumplimiento contractual y esta cláusula viene a fijar la indemnización que puede llegar a exigir el propietario.

    No obstante yo entiendo que es abusiva y que puede llegar a producir un enriquecimiento injusto al poder el arrendador volver a arrendar dicha vivienda a corto o medio plazo.

    Por ello, entiendo que el Juez modularía la misma en función de los daños que el propietario pudiese acreditar.

    Bufete Jurídico Jover
    www.jover-abogados.com
    E-mail: info@jover-abogados.com
  • BUFETPRIETO SLP

    BUFETPRIETO SLP

    profesional

    El contrato (cualquier contrato) obliga en los terminos que esten pactados. Por tanto la obligación del arrendador es dejarle el uso del piso durante el tiempo pactado, y la del inquilino pagar la renta pactada durante el tiempo pactado.

    Por consiguiente no sería necesaria dicha clausula que lo único que hace es dejar establecido de forma expresa, lo que ya resulta del contrato. Es perfectamente legal, y le pueden obligar a pagarlo.

    BufetPrieto SLP
    E-mail:jprieto@bufetprieto.com
    Tfno: 938704558
    Web: http://www.bufetprieto.com
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