La cláusula de la que habla es lo que se llama una cláusula penal, que la Ley (concretamente el Código Civil) dice que podrá ser modulada por el Juez que entienda del asunto.
El dejar un arrendamiento antes del vencimiento del plazo pactado es un incumplimiento contractual y esta cláusula viene a fijar la indemnización que puede llegar a exigir el propietario.
No obstante yo entiendo que es abusiva y que puede llegar a producir un enriquecimiento injusto al poder el arrendador volver a arrendar dicha vivienda a corto o medio plazo.
Por ello, entiendo que el Juez modularía la misma en función de los daños que el propietario pudiese acreditar.
Bufete Jurídico Jover
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