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juangarcia

inquilino/a

¿Me puede desalojar Urbanismo?
Llevo viviendo tres años (de un contrato de cinco) en una vivienda alquilada, y ahora Urbanismo me dice que desaloje mi vivienda pues tiene una orden de demolición o sentencia de derribo desde el año 1997 o 1998. El casero (es una empresa mercantil) se lava las manos diciendo que cuando el adquirió la vivienda no lo sabía. ¿Que puedo hacer? Gracias.
  • Preguntado por: juangarcia
  • Hace 15 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (3)
Helena Haydeé ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    En todo este asunto es preciso mayor rigor, Urbanismo no "dice", le habrá notificado algo, pues bien debería contestar oponiéndose y acompañando el contrato de arrendamiento, todo por escrito, con copia sellada cuya fotocopia debe remitir fehacientemente al arrendador.
    Con todo eso es posible que si se ve en la necesidad de abandonar la vivenda pueda reclamar una indemnización, las palabras siempre se las lleva el viento.

    En pedrohernandezabogado.blogspot.com estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 15 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Esto dice el artículo 28 de la LAU 1994.

    Artículo 28 Extinción del arrendamiento
    El contrato de arrendamiento se extinguirá , además de por las restantes causas contempladas en el presente Título, por las siguientes:
    a) Por la pérdida de la finca arrendada por causa no imputable al arrendador.
    b) Por la declaración firme de ruina acordada por la autoridad competente.

    No dice nada de ninguna indemnización si el arrendamiento se extingue por ese motivo .
    http://civil.udg.es/normacivil/estatal/contract/lau.htm#Artículo_28
  • Helena Haydeé

    casero/a

    Urbanismo te puede desalojar pero los propietarios no se pueden lavar las manos; en tu caso es motivo para resolver el contrato anticipadamente sin ninguna penalización. Es más te recomiendo que hables con un abogado pues puedes pedir una indemnización por las molestias que va a ocasionar el traslado. La ignorancia alegada por la propiedad no la excluye de cumplir con sus obligaciones y en este caso deberá compensarte, además no es tu problema si no consultan la situación del inmueble antes de su compra pero si es de su competencia alquilar algo que debía estar derribado hace tanto tiempo. Suerte
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