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Hola,
Por problemas de salud (asma, alergias...) debidos a los muebles del piso, que están picados, ya que son muy viejos, y la propietaria se comprometió a quitarlos y no lo hizo, yo tengo que dejar el piso a los 3 meses, por lo que no cumplo el año.
He hablado con la propietaria y para nada me va a devolver la fianza por dejarlo antes de tiempo. Yo le he conseguido una inquilina que entra de inmediato y ella está de acuerdo pero dice que la fianza no me la devuelve y encima a mi cuñada (la nueva inquilina) también le requiere fianza. ¿Tiene la obligación de devolvérmela si no le he causado daños ni perjuicios ya que le he conseguido mantener el piso alquilado?
Haga el documento de finalización de contrato, donde quede expuesto que no se debe nada a nadie, y pasado 30 dias podrá acudir a un juzgado a reclamar la fianza.
Si esperan a que haga el contrato su cuñada estará claro que sólo podrá descontar los dias que no ha habido arriendo, y así se lo tendrá que comunicar a su arrendadora, avisándole de que, en caso contrario, no le quedará más remedio que pedirla por la via judicial, con los gastos que eso le conllevará a ella, pues podrá ser condenada a costas.
Si lo hace todo bien asesorado, no le hará falta ni abogado ni procurador
http://blog.enalquiler.com/2011/guias-alquiler-pisos/como-rubricar-el-fin-del-alquiler/
Me aconsejan esperar a que mi cuñada cierre el contrato con ella para yo reclamarle la fianza
Está describiendo una situación de resolución anticipada de contrato por inhabitabilidad sobrevenida, si la dueña se niega a devolver la fianza al firmar el finiquito deberá reservarse en ese escrito sus acciones y reclamar judicialmente la devolución.
para ampliar o aclarar esta información puede hacerlo llamando al teléfono: 807 520 008 donde será atendido directa e inmediatamente (1,18 eur. /min. Desde fijo; 1,53 eur. /min. Desde móvil)
http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/
Sí, tiene la obligación de devolversela, ya que de otra forma estará obteniendo un enrequicimiento ilicito, y se puede demandar en un juzgado, con lo que le tocará pagar las costas y devolverla.
Avísela de que, en caso de no devolver la fianza, se verá obligado a demandarla