Piso por habitaciones, siendo entregada fianza. ¿Hay obligación por parte del dueño de depositar la fianza?
Se podría negar, y exigir un nuevo contrato?.
En el primer contrato se señala la fianza, pero no su depósito en el IVIMA. ¿Es obligatorio que quede reflejado en el contrato?
Preguntado por:
AlmudenaRod
Hace 15 años
Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (1)
Amparo BB ha sido el primero en contestar Amparo BB ha sido elegida Mejor Respuesta
Amparo BB
profesional
Un arrendamiento de piso compartido por habitaciones no está sujeto a la LAU, sino al Código Civil. Por tanto no hay obligatoriedad de ingresar la fianza en el IVIMA. No sé qué quieres decir con lo de "Se podría negar, y exigir un nuevo contrato?"
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