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Se puede llevar a cabo la firma de un contrato de alquiler a través de email? Sería una renovación que hago a mis inquilinos.
Hola antoro:
sin perjuicio de las respuestas anteriores, le sugiero la lectura del siguiente enlace:
http://letradosalquileres.es.tl/Duracion-del-contrato-de-arrendamiento-de-vivienda.htm
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
En principio sería posible considerar "firmado" un contrato si por cualquier medio telematico consta el concurso de la oferta y su aceptacion. Ahora bien, no me parece lo más recomendable si no dispone de firma electronica avanzada.
Por otra parte una renovacion como tal no necesita de nuevo contratro
Le recomiendo leerse la ley de arrendamientos, donde encontrará el tiempo mínimo establecido para un arrendamiento, así como sus obligaciones, tales como ingresar la fianza en el organismo competente de la vivienda, la obligación de declarar lo percibido, la obligación de entregar recibo de cualquier pago, etc.
Un saludo
Explícate más por favor.
si se trata de una prórroga anual, no hay que hacer ningún trámite. Se prorroga por la tácita.
si se trata de que han pasado 5 u 8 años y váis a hacer un nuevo contrato, éste o es verbal y se ciñe exclusivamente a la lau, o, si queréis pactar clausulado, ha de hacerse por escrito y firmado.
saludos - Papeleos Alquiler.