Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.

Isa28

inquilino/a

es licito pedir un año de obligado cumplimiento y exigir su pago si no se cumple?

una de las clausulas de mi nuevo contrato de alquiler es que debo permanecer en el piso durante un año y que si no lo cumple deberé pagar las mensualidades restantes hasta que cumpla el año. esto es lícito?

  • Preguntado por: Isa28
  • Hace 11 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (4)
javier diez ha sido el primero en contestar
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola Isa.

    Coincido con las respuestas anteriores y le sugiero la lectura del siguiente enlace:

    http://letradosalquileres.es.tl/Duraci%F3n-del-contrato-de-arrendamiento-de-vivienda-celebrado-con-posterioridad-al-5_6_2013.htm

    reciba un cordial saludo.

      http://letradosalquileres.es.tl

  • Josep Térmens Viñas

    Josep Térmens Viñas

    profesional

    Estos son los artículos de la LAU que establecen que dicha cláusula no es lícita.

    Artículo 6 Naturaleza de las normas

    Son nulas, y se tendrán por no puestas, las estipulaciones que modifiquen en perjuicio del arrendatario o subarrendatario las normas del presente Título, salvo los casos en que la propia norma expresamente lo autorice.

    Artículo 11 Desistimiento del contrato

    El arrendatario podrá desistir del contrato de arrendamiento, una vez que hayan transcurrido al menos seis meses, siempre que se lo comunique al arrendador con una antelación mínima de treinta días. Las partes podrán pactar en el contrato que, para el caso de desistimiento, deba el arrendatario indemnizar al arrendador con una cantidad equivalente a una mensualidad de la renta en vigor por cada año del contrato que reste por cumplir. Los períodos de tiempo inferiores al año darán lugar a la parte proporcional de la indemnización.

    http://www.abogadoarrendamientos.com/

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Era lícito hasta junio de 20013

    ahora son solo seis meses

  • javier diez

    javier diez

    casero/a

    No ,lo que sí es de obligado cumplimiento son los seis primeros meses

Expertos más activos
  • PEDRO BURRUEZO - casero/a
    171 respuestas

  • Creu - inquilino/a
    173 respuestas

  • tamaralexa - inquilino/a
    40 respuestas

  • Inmoboteros - profesional
    318 respuestas