No es que la recuperes es que la incluyes como pago a cuenta en tu declaración de IRPF y dependiendo de ella y del resto de tus ingresos y circunstancias te saldrá a devolver o a pagar.
No olvides ingresar trimestralmente el IVA.
En mi blog, cuya lectura le recomiendo,
pedrohernandezabogado.blogspot.com estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.