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La que dicen ser la segunda habitación mide 2. 5 * 2. 25 = 5. 625m2. Tengo entendido que el mínimo legal son 6 m2, por lo que me pareció un insulto que me alquilen ese apartamento como uno de 2 habitaciones.
Habitación, dependencia. Dormitorio, estancia. . . .
anuncio manual, casillas premarcadas. . . .
además de todas esas cuestiones no conviene olvidar que, al final, se firma una escritura donde habitualmente se compra una finca registral, como cuerpo cierto y en la situación, fisica, juridica y urbanistica que el comprador suele manifestar que conoce. Asi que dificil.
pedro Martínez
Abogado
Hola Amparo! No me entienda mal, no quiero resultar borde!
Pero es un alquiler con opción a compra, que está anunciado en varios sitios, y de varias formas, así que no cabría error posible, y sé muy bien como me lo vendieron.
Lo que me llevó a hacer esta pregunta es la falta de información clara al respecto, que si yo no pago, o el no lo declara, seguro que hacienda no tiene dudas, y de oficio si hace falta, pero si yo quiero saber si es legal, y si puede alquilar con "mentiras", no pase nada, ni haya nadie que lo controle.
Además, no es el único "renuncio" que cometió, pero los otros los tengo claros.
Gracias
Pero el anun-ciar un piso y decir que tiene dos habitaciones en vez de una no es lo mismo. Porque usted no va a adquirirlo sin verlo antes.
el anun-ciante podría alegar tranquilamente que cometió un error al insertar el anu-nc-io
Amparo, yo cuando voy al super y veo un alimento caducado a la venta, primero aviso a la persona encargada para que lo retire, luego pongo una hoja de reclamación, y si hace falta lo cojo, y lo tiro a donde nadie pueda picar y comprarlo...
No hacer nada, no es ninguna solución, ni ningún camino!!
Humberto, el decreto al que te refieres no me parece nada claro, lo lei y me dejó como estaba! Ahora espero respuesta de la Consellería.
Gracias por responder.
Saludos!
Si le parece un insulto. Simplemente no alquile ese piso.
la forma de sacar del mercado las infraviviendas es no alquilándolas.
He visto un decreto que en una comunidad (da igual cual es) permite una habitación de hasta 5 m cuadrados, pero en Galicia y según el decreto 29/2010
http://www. Xunta. Es/dog/publicados/2010/20100318/anuncioc35e_gl. Pdf
creo entender (está en gallego así que es posible que yo esté equivocado) en el apartado i. A. 3. 1. 1. Que lo mínimo para una habitación de dos habitaciones es de 12 m cuadrados (la verdad es que me parece un poco grande).
eso sí, aunque no lo veo, es posible que en alguna parte hayan excepciones como para viviendas construidas antes del año. Y que en su momento tuviesen la cédula de habitabilidad.
En qué Comunidad estás? Es muy posible que haya un Decreto que lo diga.