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En un caso de contrato verbal de alquiler de habitación por mínimo de 2 meses y un preaviso por ambas partes de mínimo 15 días, el inquilino deja la habitación de un día para otro, al cabo de 2 semanas, faltando así al plazo y al preaviso, qué penalización le correspondería?
Yo soy la dueña de la casa, es mi vivienda habitual y considero que, además de los gastos (luz, gas, agua), debo deducirle como mínimo, 15 días de la fianza. Agradecería vuestras opiniones, ya que se ha ido llevando las llaves y amenaza con robo y destrozo de la casa si no le doy íntegramente la fianza.
Buenos días a todos. Como casero, esto me parece un ejemplo de lo que no se debe hacer cuando alquilas un piso o tu propia vivienda. En este foro se suele comentar acerca de los inquilinos que no pagan, que causan destrozos, etc. ¿ Qué pasa con los propietarios que se echan todo el alquiler al bolsillo y no declaran ese ingreso? No voy a entrar por qué está señora tiene que alquilar habitaciones de su propia casa, ella tendrá sus motivos, pero ¿ tiene usted licencia de pensión?, pues usted dice que ha alquilado habitaciones de su propia casa.
Igual que se comenta que un casero que da con un inquilino moroso, en muchas ocasiones es porque no ha cogido las garantías suficientes en caso de tener que echarlo. En su caso, usted no ha tomado las medidas necesarias para meter a alguien en su propia vivienda. Le ha cogido una fianza, pero no le ha hecho un contrato, debo de pensar que usted no quiere que se sepa que alquila habitaciones.
Un saludo
Entiendo que tu tienes tus razones para un acuerdo verbal pero también entenderas que las palabras se las lleva el viento. Aun cuando el contrato es por escrito la situación se pone dificil si hay desacuerdo entre las partes. ¿De que vale decir que podrías tener razón en quedarte la fianza si es tu palabra contra la suya?
Pues fíjese, precisamente hacer un contrato ESCRITO beneficia más al arrendador que al arrendatario. Así que fíjese si es conveniente máxime cuando lo que alquila es su propio espacio...
Y francamente... no considero que un simple "y dale" sea falta de respeto alguna.... Es una forma de decirle... que no insista por ahí... que la respuesta es la misma por muchas veces que formule la pregunta...
Amparo BB, respuestas tipo "y dale" no son precisamente respetuosas, y yo no te he faltado al respeto ni a tí ni a nadie en este foro. Si no quieres responder a mi pregunta sobre qué sería lo correcto, no lo hagas. Pero deja de repetir que "no se puede probar" porque eso lo sé y jamás lo he preguntado. No sé si eres consciente de que con la situación actual, mucha gente se ve abocada a alquilar en su propia casa, en las mismas circunstancias que yo. No veo que hay de malo en ello para que algunas personas se molesten. El hecho de que alguien no haga contrato escrito no dice nada sobre su calidad moral o su intención de hacer las cosas lo mejor posible, pero a juzgar por algunas respuestas, parece que soy la "mala de la película". Un saludo y gracias por las respuestas
Ya, y dale, y cómo pruebas que el plazo pactado no fueron 2 semanas?
Gracias por las respuestas!
PHOlmo:
precisamente leyendo el decálogo del inquilino, veo lo siguiente:
"Cumple el plazo de duración acordado. Si no lo cumples deberás indemnizar al arrendador, si así se pactó en el contrato."
En mi caso, el inquilino no ha cumplido el plazo de duración del contrato verbal, de ahí que yo entienda que me debe indemnizar puesto que a mí me supone una pérdida económica.
Veo que la mayoría de las respuestas insisten en que un contrato verbal no se puede probar, o difícilmente. Soy consciente de ello, y cada cual tiene sus razones para actuar como lo haga, que creo hay que respetarlas. Pero mi pregunta estaba relacionada con lo que sería lo correcto, no con lo que se podría probar.
Debería cambiar la cerradura.
el problema de los pactos verbales es que no se pueden probar. Denuncie a la policía en caso de amenazas o daños.