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Soy inquilino y alquilo un piso desde el 2010. El Año que viene se termina la prórroga obligatoria de los 5 años de mi contrato original. entiendo que desde que empece a alquilar el piso, la ley de arrendamientos urbanos del 2013 ha bajado le prórroga tácita de 3 a 1 año. entonces a mi cual me tocaria, la original de 3 años en vigor cuando firme mi contrato, o la nueva de 1 año?
o sea, de cuantos años es la prórroga tácita en alquileres firmados anteriores a la lau nueva del 2013, 1 o 3?
muchas gracias.
Buenos días,
la prórroga tácita es la misma que en el momento que firmó el contrato, es decir, 3 años obligatorios para el arrendador, que son obligatorios de 1 en 1 para Ud. (se puede ir a la finalización de cada uno de los 3 años.
en estos dos enlaces encontrará la información claramente explicada:
http://blog.desalvador.es/2014/09/08/duracion-terminacion-anticipada-vivienda/
http://blog.desalvador.es/2014/09/08/duracion-terminacion-vivienda-ii/
un saludo,