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ESPANA

inquilino/a

Soy inquilino desde abril de 1998, sólo firmé ese contrato. ¿Ahora pueden desalojarme sin indemnizarme?
Deseo que Pholmo me indique si, luego de haber firmado sólo ese contrato por cinco años, que se venció, y seguir pagando mes a mes (en este año me aumentaron el alquiler), como falleció el dueño, la heredera me dice que debo irme. ¿Tengo derecho a alguna indemnización por haberse transformado ese contrato en indefinido? Amparo me ha contestado que ella cree que sí, pero que debía esperar tu respuesta, para asegurarme. Gracias.
  • Preguntado por: ESPANA
  • Hace 15 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (3)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • ESPANA

    inquilino/a

    Muchas gracias tanto a Pholmo como a Amparo.
    • Respondido por: ESPANA
    • Hace 15 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Confirmado entonces.

    Si te subieron más del IPC, renta nueva contrato nuevo. Desde esa fecha tienes o cinco años por delante o pactar una indemnización.
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Un contrato de arrendamiento de vivienda, supongo, firmado en 1998 tiene/tenía prórroga a favor del inquilino hasta 2003, pasados tres años desde esa fecha el dueño puede darlo por terminado al finalizar cualquiera de las siguientes prórrogas tácitas. No se convierte en indefinido, no existe esa figura en el Derecho español, salvo en el ámbito laboral.

    Solamente cabe interpretar, habría que examinar el contrato, que si se ha producido una importante subida en la renta, se trate de un contrato nuevo y por tanto se haya reiniciado la prórroga de 5 años.

    En mi blog, cuya lectura le recomiendo, pedrohernandezabogado.blogspot.com estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 15 años
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