Buenas tardes, después de 1 año nos envían un burofax reclamando una indemnización del piso que dejamos el año anterior, del cual no hubo comunicación alguna en su momento de la dueña ni su apoderado pese a los burofax enviados. En fin, al caso para evitar mas problemas voy a pagar la indemnización que nos solicitan en el burofax y la pregunta es
¿Como puedo pagar dicha indemnización con garantías? En el burofax me envían un numero de cuenta, el mismo al que pagábamos el alquiler mientras vivíamos ahi, y nos encomiendan a realizar el pago antes de finalizar el mes o se tomaran medidas legales. Ya que no quiero hacer un pago como este y que luego intenten colarme alguna otra broma.
Preguntado por:
Paco
Hace 7 años
Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (4)
Amparo BB ha sido el primero en contestar Piscis tres ha sido elegida Mejor Respuesta
Piscis tres
casero/a
puedes acudir a la consulta de un abogado experto en arrendamientos urbanos para que te solvente satisfactoriamente el saldo y finiquito con el ex arrendador, o pedir que envíe a tu esposa una carta manuscrita y firmada indicando que si pagas el importe reclamado en el burofax, se dará por completamente saldada y finiquitada por todo concepto.
Buenas tardes Amparo, no se redacto finiquito ni hubo entrega de llaves. Se envió un burofax solicitándolo y no hubo respuesta, dado que ni la dueña ni su representante residían en Madrid, lugar donde habíamos alquilado el piso como inquilinos. Con lo cual a día de finalización del contrato dejamos las llaves en el buzón como habíamos especificado en el burofax que haríamos si no habíamos recibido notificación fehaciente para realizar mejor los tramites.
No es que crea que la indemnización es razonable, ni mucho menos, el principal problema es que dicho contrato estaba a nombre de mi mujer, persona que ahora mismo esta enferma con depresión y sufre una recaída, con lo cual pretendo hacer el ingreso sin que tenga que llevarse un disgusto mas. Ya bastante sufrió cuando hace un año nos fuimos del otro piso por que no conseguíamos tener noticias de la casera y su apoderado, durante casi un año.
Se que probablemente no lo hicimos todo correctamente, fue un cúmulo de circunstancias y ahora mismo lo único que quiero es evitar que mi mujer se vea inmersa en problemas que puedan empeorar aun mas su estado de salud.
Era un contrato de alquiler de vivienda, iniciado el 10 de febrero de 2014 y notificado por burofax el deseo de desistir el mismo el 07 de enero de 2016, exponiendo que abandonaríamos el piso dejando las llaves en el buzón si a 10 de Febrero aun no se habían comunicado con nosotros. (entiéndase que llevábamos un año sin que dieran señales de vida estos señores) El concepto de indemnización es por incumplimiento de contrato, daños al inmueble, suciedad y sustitución de equipamiento de la vivienda.
De los cuales solo podría ser real la sustitución y el daño al equipamiento. Y esto lo digo por que mi mujer a la hora de alquilar el piso no observo bien el armario y los sofás, que descubrí estaban ya rotos. Durante el ultimo año en el piso tuve que sustituir, tras meses sin poder contactar con estos señores, el calentador de agua y la lavadora. Ademas sustituí las fundas de los sofás antes de irme por unas nuevas ya que las anteriores estaban desgastadas por el uso(y las deje en un armario del piso)
Como expongo no tengo gran interés en entrar en terreno judicial por no estar el contrato a mi nombre y no querer exponer a mi mujer a mas problemas, por su salud.
Entonces ¿Si se hace el ingreso a nombre de mi mujer, con el concepto de indemnización quedaría todo solucionado? Por que no quiero tener que desembolsar esa cantidad y que nos sea reclamada de nuevo o generados mas problemas a raíz de ello. Ya que no estoy en situación económica, ni personal, como para acarrear con algo mas.
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