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Hola,
Por temas laborales tenia que cambiar de piso a otra ciudad que está bastante lejos. He avisado el propietario con tres semanas de antelación a lo que me respondió que hable con finca para resolver el contrato. Después de tres semanas firmamos la resolución de contrato, piso en perfectas condiciones, todo pagado etc pero pasado un mes el propietario me dice que no me va a devolver la fianza porque no he cumplido con dos meses de antelación. Hasta que me puede demandar por incumplimiento de contrato. Llevaba dos años en el piso, contrato prolongable hasta cinco cada año. No puedo hacer nada?
El contrato dice que contrato entra en vigor tal día y será renovable de año en año hasta máximo de cinco años si una de las partes no avisa a otra por darlo como acabado con dos meses de antelación.
el supuesto de que se rescinde el contrato en un termino inferior de un año comportará a la parte arrendataria la perdida de la cantidad liberada en el concepto de fianza.
no dice nada más
La cuestión es que si tiene firmado como dice "firmamos la resolución de contrato, piso en perfectas condiciones, todo pagado" el arrendador ahora no puede volver sobre sus actos -"echarse atrás"- e invocar incumplimiento, mi consejo es que reclame formalmente la devolución anunciando la reclamación judicial por monitorio.
En mi blog http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/ estoy a su disposición por si pudiera prestarle alguna ayuda profesional.